Colpensiones Asume Pagos de Pensiones de Fondos Privados con el Decreto 558 de 2020

El Decreto 558 de 2020 permite a Colpensiones asumir pagos de pensiones de Fondos Privados y trasladar los pagos a los pensionados. Colpensiones garantiza la solvencia de los pensionados con un salario de hasta un salario mínimo legal vigente

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Colpensiones asume pagos de pensión de Fondos Privados y traslada a los pensionados – Decreto 558 de 2020

Colpensiones Asume Pagos de Pensiones de Fondos Privados con el Decreto 558 de 2020

El Decreto 558 de 2020 fue una medida tomada por el gobierno para garantizar el pago de pensiones a los pensionados de fondos privados.

Esta medida previó que Colpensiones asuma temporalmente el pago de pensiones hasta por un salario mínimo legal mensual vigente.

Esta decisión busca dar estabilidad a los pensionados y garantizar que sus ingresos se mantengan intactos.

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Esta medida se tomó como medida de protección para los pensionados de fondos privados, quienes se vieron afectados por el ajuste de la cuota de aportes en los meses de abril y mayo.

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Con el fin de garantizar el pago de pensiones durante esos meses, Colpensiones asume el pago de pensiones a los pensionados de fondos privados.

Esto permitirá a los pensionados contar con una fuente de ingresos estable, sin tener que preocuparse por el ajuste de la cuota de aportes.

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A través de este decreto, el gobierno busca brindar una mayor seguridad a los pensionados de fondos privados, permitiéndoles contar con un ingreso fijo para cubrir sus necesidades básicas.

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El Decreto 558 de 2020 es una medida que muestra el compromiso del gobierno con los pensionados de fondos privados, garantizando que su pensión no se vea afectada por el ajuste de los aportes.

Esta decisión ayudará a los pensionados a mantener su nivel de vida y contar con los recursos necesarios para afrontar los gastos básicos.

¿Qué pasó con el Decreto 558 de 2020?

El Decreto 558 de 2020 se emitió el 15 de abril de 2020 y se aplicó durante la emergencia económica causada por la pandemia de COVID-19 para trasladar los pagos de pensiones de los fondos privados a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).

El objetivo de este decreto es ayudar a los pensionados que se encuentran bajo la modalidad de retiro programado en los fondos privados a garantizar el pago de sus pensiones durante el periodo de emergencia.

¿Qué es Inexequibilidad Decreto 558 de 2020?

En junio de 2020, el Consejo de Estado de Colombia declaró la inexequibilidad parcial del Decreto 558 de 2020.

Esta inexequibilidad fue emitida debido a que el decreto no respetaba el principio de igualdad, ya que no todos los pensionados se les aplicaban los mismos beneficios.

El Consejo de Estado determinó que los beneficios establecidos en el decreto no se aplicarían a los pensionados con pensiones superiores a un salario mínimo legal vigente.

Esto significa que los pensionados con pensiones superiores a un salario mínimo legal vigente seguían recibiendo sus pagos de pensiones de los fondos privados.

¿Que le descuenta Colpensiones a un pensionado?

Colpensiones descuenta a los pensionados las cotizaciones de salud, pensión y subsidio familiar.

La cotización de salud es igual para todos los pensionados y es del 10%.

La cotización de pensión se calcula dependiendo del salario base del pensionado.

La cotización de subsidio familiar es del 4% del salario base del pensionado.

Además, también se descuentan impuestos y cotizaciones sociales, según corresponda.

¿Qué pensionados tienen derecho a la prima de junio?

Los pensionados que tenían pensiones menores a un salario mínimo legal vigente al momento de la emisión del decreto 558 de 2020 tienen derecho a recibir una prima de junio.

Esta prima se entregó como una compensación por los aportes descontados a la pensión durante abril y mayo de 2020.

Esta prima de junio se entregó a los pensionados en el mes de septiembre de 2020.

Así se pagarán los aportes faltantes a pensión de abril y mayo de 2020

El Decreto 558 de 2020 estableció un ajuste al pago de aportes a pensión para abril y mayo de 2020.

El ajuste consistió en una reducción del 20% de los aportes a pensión durante estos dos meses.

Esto significa que los pensionados recibieron menos aportes a pensión durante este periodo.

Sin embargo, a partir de junio de 2020 los aportes a pensión de los pensionados se han incrementado para compensar la diferencia.

El decreto que traslada pensiones de fondos privados a Colpensiones

El Decreto 558 de 2020 fue emitido para trasladar los pagos de pensiones de los fondos privados a Colpensiones durante el periodo de emergencia económica causada por la pandemia de COVID-19.

El objetivo de este decreto es garantizar la seguridad de los pensionados y asegurar el pago de sus pensiones durante el periodo de emergencia.

El decreto establece que los pensionados con pensiones menores a un salario mínimo legal vigente recibirán sus pensiones a través de Colpensiones.

Los pensionados con pensiones superiores a un salario mínimo legal vigente seguirán recibiendo sus pagos de pensiones a través de los fondos privados.

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15 abr 2020 · El decreto 558 de 2020, publicado el 15 de abril en el Diario Oficial, establece que Colpensiones asumirá el pago de las pensiones de los .

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En conclusión, el Decreto 558 de 2020 ha permitido a Colpensiones asumir el pago de las pensiones de los fondos privados.

Esta medida, implementada el 15 de abril de 2020, busca garantizar el pago de los aportes a pensión para abril y mayo, así como trasladar a Colpensiones el pago de las pensiones de los fondos privados.

Esto significa que los pensionados tendrán acceso a una seguridad social más estable y segura.

Esta medida asegurará que los pensionados reciban sus pagos a tiempo y sin ninguna preocupación.

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