Todo lo que Necesitas Saber Sobre el Decreto 558 de 2020

El Decreto Ley 558 de 2020 permitió a las empresas, empleados e independientes realizar un pago parcial al sistema de pensiones, pasando del 16% al 3% de cotización, medida que pareció ser un pequeño salvavidas para las finanzas durante la emergencia sanitaria decretada por el COVID-19

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Decreto 558 de 2020: Reducción temporal del pago de aportes a pensión 2020 del 16% al 3%

Todo lo que Necesitas Saber Sobre el Decreto 558 de 2020

El Decreto 558 de 2020 ha marcado un importante hito en la gestión de los aportes a pensión para los trabajadores.

Esta nueva normativa reduce temporalmente el pago de aportes a pensión del 16% al 3%, una medida que, sin lugar a dudas, contribuirá a aliviar la situación financiera de los empleadores y trabajadores.

En este artículo analizaremos este Decreto en detalle para que pueda conocer los beneficios y alcances de esta medida, así como las condiciones para acogerse a ella.

Decreto 558 de 2020: Reducción temporal del pago de aportes a pensión 2020 del 16% al 3%

Durante la emergencia sanitaria decretada por el COVID-19, el Gobierno Nacional expidió el Decreto Ley 558 de 2020 con el objetivo de permitir a empresas, empleados e independientes realizar un pago parcial al sistema de pensiones, pasando del 16% al 3% de cotización.

Esta medida supuso un pequeño alivio para las finanzas de miles de colombianos que se vieron afectados por los efectos de la pandemia.

De acuerdo con la norma, el descuento temporal se aplicó desde el 1 de abril de 2020 hasta el 31 de mayo de 2020.

Esta reducción se realizó a los aportes obligatorios al Sistema General de Pensiones, con el fin de tratar de amortiguar los efectos de la crisis económica que se produjo como consecuencia de la pandemia.

¿Qué pasó con el Decreto 558 de 2020?.

Una vez que el Decreto 558 de 2020 venció el 31 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 376 de 2021, el cual contiene beneficios para aquellos colombianos que se acogieron a la reducción temporal y no pudieron completar el pago de los aportes al sistema de pensiones durante el periodo establecido.

El Decreto 376 de 2021 facilita un plazo de hasta 36 meses para pagos parciales de los aportes al sistema de pensiones, contados a partir del 1 de junio de 2021.

Este plazo se aplica a todos aquellos empleadores del sector público y privado y trabajadores independientes que se acogieron a la reducción temporal del Decreto 558 de 2020.

¿Cómo pagar los aportes a pensión que no se hicieron entre abril y mayo de 2020?.

Los empleadores y trabajadores independientes que se acogieron al Decreto 558 de 2020 y no pudieron cumplir con el pago de los aportes al Sistema de Pensiones durante el periodo establecido pueden realizarlo gracias al Decreto 376 de 2021, el cual permite el pago en cuotas o en una sola exacción.

Esta norma contempla un plazo de hasta 36 meses, contados a partir del 1 de junio de 2021, para realizar los aportes a pensión, sin que se aplique intereses.

¿Qué es Inexequibilidad Decreto 558 de 2020?.

La Inexequibilidad del Decreto 558 de 2020 es el proceso mediante el cual se declara la nulidad de una norma, en este caso el decreto que permitió la reducción temporal del pago de aportes a pensión 2020 del 16% al 3%.

Esta inexequibilidad fue solicitada por el Consejo de Estado, el cual consideró que el Gobierno Nacional no tenía la facultad para emitir una norma de esta naturaleza.

En el fallo emitido el 4 de noviembre de 2021, el Consejo de Estado declaró la inexequibilidad del Decreto 558 de 2020, el cual quedó sin efecto desde ese momento.

¿Cuál es el porcentaje de descuento de salud y pensión 2020?.

Las normas vigentes para el ańo 2020 establecen que el porcentaje de descuento de salud y pensión es del 16% para el Sistema de Pensiones y del 12% para el Sistema de Salud.

Estos descuentos se aplican al salario de los trabajadores afiliados al Sistema General de Pensiones y al Sistema de Seguridad Social en Salud.

En el ańo 2020, el Decreto Ley 558 permitió una reducción temporal del 16% al 3% para el pago de aportes al Sistema de Pensiones, medida que tuvo vigencia entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de mayo de 2020.

Sin embargo, desde el 4 de noviembre de 2021, el Decreto 558 quedó sin efecto, por lo que la cotización al Sistema General de Pensiones se encuentra nuevamente en el 16%.

2020, el Gobierno Nacional expidió el Decreto Ley 558 de 2020 que permitió a las empresas, empleados e independientes realizar un pago parcial al sistema de pensiones, pasando del 16% al 3% de cotización.

Esta medida resultó ser un pequeńo salvavidas para las finanzas de los colombianos.

Con el Decreto 558 de 2020, el Gobierno Nacional ha dado una oportunidad a empresas, empleados e independientes para reducir temporalmente el pago de aportes a pensión del 16% al 3%, permitiendo así un alivio en las finanzas de los colombianos durante la emergencia sanitaria decretada por el COVID-19.

Esta medida ha dado un plazo de hasta 36 meses para los empleadores del sector público y privado y los trabajadores independientes para pagar los aportes a pensión que no se hicieron entre abril y mayo de 2020.

Con esta reducción temporal de los aportes a pensión, el Gobierno Nacional ha dado una oportunidad a los colombianos para salir adelante en estos tiempos difíciles.

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